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Embargo de nómina: cómo funciona y las consecuencias que trae

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5 minutos de lectura
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Si recibes una comunicación de un juzgado o de una administración para proceder al embargo de la nómina de uno de tus trabajadores, es probable que te surjan muchas dudas: ¿cómo se hace el embargo?, ¿hay una parte del salario que es inembargable?, ¿se pueden aplicar dos embargos de deudas diferentes en la misma nómina?

En este artículo vamos a analizar a fondo el embargo de nómina para que sepas cómo hacerlo y resuelvas todas tus dudas.

¿Qué es el embargo de nómina? 

Imagina el siguiente caso: un trabajador de tu empresa tuvo un negocio por cuenta propia que cerró porque no le fue bien y generó una deuda con Hacienda como consecuencia del impago del Impuesto sobre Sociedades.

Para cobrar la deuda Hacienda puede dictar una resolución en la que se decrete el embargo de la nómina y comunicártelo de forma que retengas una parte del salario para pagar la deuda. 

Po lo tanto, el embargo de la nómina supone la retención por parte del empresario de una parte de la nómina de su empleado para proceder al pago de una deuda de dicho trabajador. 

A diferencia del embargo de cuenta corriente en el que se embarga el dinero que tiene la persona en su cuenta bancaria, en el embargo de nómina el dinero que se retiene no llega a la cuenta del trabajador. 

¿Te pueden embargar toda la nómina o solo una parte? 

Para responder a esta pregunta debemos analizar la regulación establecida en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que establece lo siguiente en el apartado 1: 

Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional.

En el mismo sentido, el artículo 27.2 del Estatuto de los Trabajadores regula lo siguiente: 

El salario mínimo interprofesional, en su cuantía, tanto anual como mensual, es inembargable.

Por lo tanto, no se puede embargar toda la nómina, pero, tal y como veremos a continuación, cuanto más elevada sea la nómina, mayor será el importe que se embargará. 

¿Cuánto se puede embargar de la nómina?

La cantidad que se puede embargar de la nómina, con el límite mínimo del SMI que hemos visto, se calcula en base a lo establecido en el artículo 607.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que establece una escala: 

Los salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean superiores al salario mínimo interprofesional se embargarán conforme a esta escala:

1.º Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del salario mínimo interprofesional, el 30 por 100.

2.º Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer salario mínimo interprofesional, el 50 por 100.

3.º Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto salario mínimo interprofesional, el 60 por 100.

4.º Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto salario mínimo interprofesional, el 75 por 100.

5.º Para cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90 por 100.

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Ejemplo de cálculo de embargo de salario

Si la persona tiene una nómina de 2.500 euros, los primeros 1.080 euros no se pueden embargar porque corresponden al salario mínimo interprofesional actual.

De los siguientes 1.080 euros se podrá embargar un 30% (324 euros), y de los restantes 340 euros se podrá embargar un 50% (170 euros). Por lo tanto, el embargo tendría un importe total de 494 euros. 

Si el trabajador tiene cargas familiares se podría aplicar un descuento de entre el 10 y el 15% por parte del Letrado de la Administración de Justicia. 

Procedimiento de embargo de salario

Como empresario debes conocer el procedimiento de embargo de salario para saber cómo actuar y hacerlo correctamente. Los pasos que se suelen dar en este caso son los siguientes: 

  • Notificación del embargo a la empresa: La notificación del embargo a la empresa la realiza la entidad acreedora (Hacienda o la Seguridad Social, por ejemplo) o el juzgado, en el caso de que se trate de un embargo judicial de nómina, a través de una diligencia de embargo. 
  • Notificación del embargo al trabajador: A continuación, la empresa notificará el embargo al trabajador. Este podrá optar entre pagar él directamente la deuda o que la empresa le retenga una parte de la nómina. 
  • Retención de la nómina por embargo: Si se decide embargar la nómina la empresa deberá calcular la cantidad que embargará cada mes según la tabla que hemos visto y el importe se enviará cada mes a la cuenta que figure en la diligencia de embargo. 
  • Levantamiento del embargo: Una vez pagada toda la deuda la empresa recibirá una notificación para levantar el embargo y ya no se retendrá cuantía alguna de la nómina. 

Preguntas frecuentes sobre el embargo de nómina

En los apartados anteriores hemos analizado los aspectos más relevantes del embargo de nómina y a continuación respondemos a las preguntas más frecuentes: 

¿Se puede embargar una nómina por dos deudas distintas al mismo tiempo?

Esta pregunta la responde el artículo 610 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que establece que no se pueden acumular embargos sobre un mismo salario, sino que habrá que esperar a que finalice el primero, salvo que el segundo embargo no perjudique al acreedor del primero.

¿Quién puede ordenar el embargo de una nómina?

Solo un juzgado o una administración pública pueden ordenar el embargo de una nómina. Si una deuda se reclama judicialmente, será el juzgado quien decrete el embargo de la nómina.

Si se trata de una deuda de tipo administrativo (por ejemplo, impago de impuestos o cuotas de la Seguridad Social), será la administración que corresponda quien decrete el embargo. Es decir, salvo que se trate de una administración, el acreedor no puede embargar directamente al deudor.

¿Qué hacer cuando se recibe una notificación de embargo?

Es importante que el empresario lea la notificación atentamente y aporte la información que le solicitan (es posible que le pidan el importe del salario del empleado y otros datos sobre su trabajo) y, a continuación, realice los pasos que hemos visto: notificación al empleado, retención de la nómina y levantamiento del embargo cuando se pague toda la deuda. 

¿Cómo se hace el embargo de nómina si el trabajador tiene dos empleos?

En este caso se sumarían los dos salarios que recibe el trabajador y se restaría una única vez el SMI para calcular la parte inembargable. Sobre el resto de las cantidades se aplicarían las tablas que hemos visto anteriormente.

¿Existen reducciones o excepciones en el embargo de nómina?

El único caso en el que se permite el embargo de la nómina por debajo del SMI se da cuando se trata de impago de pensión de alimentos. En este supuesto es el Juez el que determina la parte del salario que se embargará.

Tal y como hemos visto anteriormente, si el empleado tiene cargas familiares se podrá aplicar una reducción de entre un 10 y un 15%. Por lo tanto, el embargo de nómina con hijos a cargo podría reducirse debido a lo establecido en la LEC.

¿Qué ocurres si se embarga la nómina inferior al SMI?

En este caso el embargo sería nulo por ser contrario a la Ley. Para lograr la nulidad el ejecutado (trabajador) puede presentar una comunicación al Letrado de la Administración de Justicia.

En definitiva, el embargo de sueldos y salarios debe cumplir siempre con lo establecido por la ley y es importante utilizar un software de nóminas como Factorial para hacer el cálculo correctamente y no causar un perjuicio al trabajador que pueda derivar en un mal ambiente de trabajo.

Redactora de contenidos especializada en contenidos jurídicos y escritura creativa. Abogada del sector inmobiliario y gran entusiasta del marketing digital.

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