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Aprende cómo gestionar las vacaciones de Navidad en España

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5 minutos de lectura

Diciembre es un mes que puede resultar algo caótico para los responsables de recursos humanos. Con los festivos de la Constitución y la Inmaculada primero y Navidad después, la gestión de las vacaciones puede suponer todo un reto para más de una empresa.

⚠️ ¿Quieres saberlo todo sobre la gestión de las vacaciones y ausencias de tu empresa? Aquí nuestra guía online.

La gestión de las vacaciones de Navidad en España

En España, las empresas pueden determinar el periodo vacacional de sus trabajadores siempre y cuando se cumpla el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores; vacaciones retribuidas de un mínimo de 30 días naturales. Por lo tanto una empresa no está obligada a dar vacaciones navideñas, aunque sí suele ser común dividir estos 30 días entre verano, semana santa y navidad. Además, el Estatuto de los Trabajadores también recoge, en su artículo 37.2, el derecho a fiestas laborables de los trabajador. Estas representan 14 días al año en los que el empleado cobra su sueldo, pero no tiene que ir a trabajar ni recuperarlo otro día.
Estos festivos se dividen, como ya hemos explicado anteriormente en nacionales, autonómicos y locales y los que coinciden con el periodo navideño son el día de Navidad, 25 de diciembre, el 1 de enero, inicio de año, y el 6 de enero, día de Reyes. Además del 26 de diciembre, día de San Esteban, festivo autonómico en Cataluña. El resto de días feriados puedes consultarlos en el aviso que el BOE publica en el último trimestre del año con el calendario laboral y festivo para el siguiente.

Más allá de estos días, cada empresa tiene su calendario laboral y festivo en el que puede suceder que cierre en Navidades y cada trabajador puede pedir fiesta los días que quiera siempre y cuando se lo permita la política de vacaciones de la empresa y al empleado le queden días por disfrutar. De este modo, suelen ser los propios empleados los que planifican sus vacaciones y luego pactan con sus superiores o el mismo departamento de recursos humanos, que valora la viabilidad de su ausencia para que no influya en el correcto funcionamiento de la empresa. Para que este proceso sea mucho más fácil de gestionar y controlar, es recomendable que las empresas usen un software de gestión de ausencias con el que automatizar todo el proceso de bajas, vacaciones y ausencias, comprobando en todo momento los días festivos de la empresa, los días de vacaciones disponibles y los días que cada uno de los compañeros ha pedido ya, así como poder aceptar o denegar cada una de las peticiones.
Es importante recordar que la empresa puede denegar el disfrute de vacaciones a un empleado alegando y probando necesidades del servicio, por lo que el pacto previo entre empleados es muy importante, igual que el aviso con antelación.
En la mayoría de empresas existe un orden de prioridad a la hora de pedir vacaciones, este puede ser rotativo, basarse en los años que se lleva trabajando en la empresa, o en el caso de las vacaciones de verano y Navidad, las cargas familiares del empleado. El periodo de antelación con el que han de avisarse las vacaciones dependerá del convenio colectivo del trabajador, siendo el aviso necesario tanto por parte de la empresa (que debe ser notificado a los empleados un mínimo de dos meses antes de que las vacaciones sean disfrutadas), como del empleado.

Trabajar en Navidad

Primero de todo, como siempre, es conocer qué dice el convenio colectivo que se aplica a cada uno y nuestro contrato con la empresa.
Muchos colectivos trabajan en festivos y muchos otros precisamente contemplan el periodo navideño como el de más actividad del año. Según ha adelantado Randstad, este año se prevé que se creen más de 387.000 contratos, un 11,1% más que para la campaña 2016/2017.
Así que:

¿Qué comporta trabajar en festivo?

Las compensaciones que se puedan percibir por trabajar durante los festivos de Navidad, o cualquier otro feriado, dependerán de cómo se contemplen esas horas trabajadas.

  • Si las horas trabajadas entran dentro del máximo de la jornada establecida por contrato no se recibe compensación por trabajar en festivo.
  • Si las horas trabajadas durante los festivos vienen establecidas en el calendario laboral de la empresa la compensación por estos festivos tendrá que realizarse conforme a lo que diga el convenio colectivo de aplicación.
  • Si estas horas trabajadas durante festivos se consideran horas extras de tipo técnico u organizativo, se tendrá derecho al importe de las horas trabajadas en el día festivo (o en período de descanso semanal) incrementadas en un 75% como mínimo, a menos que se decida cambiar ese día festivo o de descanso por otro a modo de compensación.

Recuerda que el día festivo empieza a las 0:00 de la noche, por lo que si trabajas el 24 de diciembre por la noche, las horas que pertenezcan al 25 y de igual modo con todos los feriados, se considerarán horas trabajadas en festivo.

Vale la pena destacar que, en caso de que un festivo caiga en tu día de descanso (que puede caer en domingo o no), estos no son intercambiables, por lo que tienes derecho a pedir otro día de descanso, siempre y cuando cuadre la jornada anual. Es decir, si según convenio colectivo la jornada laboral consta de 1750 horas anuales no puedes trabajar menos de esas horas a causa de vacaciones, festivos o días de descanso acumulados. Deberás trabajar ese número mínimo de horas en los días laborables que te queden.

También comentar que, si en tu empresa hay algún trabajador estudiantes en contrato de prácticas, estos deberían seguir el periodo vacacional de sus estudios.

Como decíamos al inicio, conocer el convenio colectivo al que se pertenece es muy importante. Por ejemplo, en el Convenio Colectivo de ámbito estatal de Contact Center (telemarketing) el 25 de diciembre, 1 de enero y 6 de enero se consideran festivos especiales, por los que hay regulados un plus especial a cobrar si se trabaja en esos días.

Acumular días de vacaciones

Pese a que la Ley establece que los días de vacaciones deben disfrutarse durante el año que han sido generados y que no pueden acumularse para el año siguiente, a la práctica dependerá del convenio de cada uno de los trabajadores (por ejemplo en algunos viene especificado que se pueden disfrutar las vacaciones hasta el 20 de enero del año siguiente) y de la política de vacaciones de la empresa, por lo que es lícito el pacto entre empresa y trabajadores poder acumular unos días de vacaciones para disfrutarlos al año siguiente.
También existe el I Convenio Estatal de Acción Social dice que hasta el 7 de enero del año siguiente pueden acumular las vacaciones. Como las vacaciones de Navidad se encuentran a caballo de uno y otro, permitir el traslado de un número de días de año a año para usarlos en Navidades es algo que seguro será bien visto por parte de los empleados, aumentando su motivación y haciendo que se sientan cuidados y valorados dentro de la empresa.

Disponer de un software gratuito como Factorial, que no solo te ayuda a gestionar bajas y ausencias, si no que te permite establecer los días máximos que un trabajador puede pasar de un año a otro y hasta cuándo tiene para gastarlos, puede resultar muy útil para la administración de recursos humanos de tu empresa.

Si te han surgido dudas sobre políticas de vacaciones y lo que implica trabajar en festivos, ¡déjanos un comentario y te ayudaremos!

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8 Comments

  • Hola
    Me han denegado vacaciones de navidad de días laborables, el 24, 27,28 y el lunes 31. Me gustaría saber si, en el momento en que faltasen menos de dos meses para acabar el año y continuar sin saber cuáles son los días de vacaciones que me ofrece la empresa en sustitución de esos, si se puede interponer demanda por lo social.
    ¿Tengo que negociar y hablar yo con el responsable de la empresa, o son ellos los que me tienen que poner los días que me pertenecen, ya que me los han denegado? Yo ya elegí las vacaciones en el mes de febrero.

    Francisco

    • Hola Francisco, lo primero que tendrías que hacer es consultar el contrato y el convenio colectivo al que perteneces a ver si allí puedes ver la política de vacaciones de la empresa o si no saltas directamente a la del convenio colectivo.

      Lo mejor como siempre recomendamos ya que nosotros no podemos asesorarte desde aquí es que lo consultes con tu responsable de recursos humanos, asesor laboral o representante sindical.

      Saludos

  • Hola, soy Brasileña y trabajo de vigilante en una empresa de vigilancia privada, tengo 31 días que me corresponden al ano, por motivos particulares y familiares necesito irme a Brasil y como tengo ninos en edad escolar, me gustaría saber se es posible y se yo podría pedir vacaciones desde el 13 de deciembre hasta 12 de enero.
    Desde luego agradezco la atención

    • Hola Giivanna,

      Gracias por escribirnos pero este tipo de consultas es mucho mejor que te la conteste tu responsable de recursos humanos o asesor laboral.

      Influyen muchas cosas como contrato, convenio colectivo, antigüedad, la propia empresa etc.

    • Hola Isabel,

      El estatuto de los trabajadores menciona 30 días naturales, lo que significa que si caen en festivos estos se integran a las vacaciones.

      Saludos,

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