Ir al contenido

¿A qué edad llega la jubilación de un trabajador según la Ley?

·
4 minutos de lectura

Desde que el pasado 1 de enero de 2013 entró en vigor una normativa para regula la edad de jubilación, saber con cuántos años puede jubilarse un trabajador no es tan sencillo como lo era antes. En el pasado, en general, todo trabajador podía jubilarse a la edad de los 65 años, pero ahora esta cifra va a ir aumentando hasta quedarse en los 67 años en el 2027.

👉 ¿Quieres saber más sobre normativas en este departamento? Echa un vistazo a nuestra guía sobre Recursos Humanos y leyes

Esta reforma del sistema de pensiones fue llevaba a cabo por el Gobierno del Partido Popular, y da como resultado un endurecimiento de las condiciones de jubilación, así como nuevos requisitos para poder retirarse de la actividad laboral. En este momento, si un trabajador quiere jubilarse a los 65 años, deberá haber acumulado un periodo de cotización de un mínimo de 36 años y 9 meses. Si no los ha acumulado, no podrá jubilarse hasta haber cumplido los 65 años y 8 meses. Veamos cómo ha ido evolucionando este aumento progresivo de la edad de jubilación desde el año en el que se aprobó la reforma.

  • En el año 2013, la cotización mínima para poder jubilarse a los 65 años era de 35 años y 3 meses. En caso de no cumplir con este requisito, el trabajador podía jubilarse a los 65 años y 1 mes.
  • En el año 2014, la cotización mínima para poder jubilarse a los 65 años era de 35 años y 6 meses. En caso de no cumplir con este requisito, el trabajador podía jubilarse a los 65 años y 2 meses.
  • En el año 2015, la cotización mínima para poder jubilarse a los 65 años era de 35 años y 9 meses. En caso de no cumplir con este requisito, el trabajador podía jubilarse a los 65 años y 3 meses.
  • En el año 2016, la cotización mínima para poder jubilarse a los 65 años era de 36 años. En caso de no cumplir con este requisito, el trabajador podía jubilarse a los 65 años y 4 meses.
  • En el año 2017, la cotización mínima para poder jubilarse a los 65 años era de 36 años y 3 meses. En caso de no cumplir con este requisito, el trabajador podía jubilarse a los 65 años y 5 meses.
  • En el año 2018, la cotización mínima para poder jubilarse a los 65 años era de 36 años y 6 meses. En caso de no cumplir con este requisito, el trabajador podía jubilarse a los 65 años y 6 meses.
  • En el año 2019, la cotización mínima para poder jubilarse a los 65 años es de 36 años y 9 meses. En caso de no cumplir con este requisito, el trabajador puede jubilarse a los 65 años y 8 meses.
  • En el año 2020, la cotización mínima para poder jubilarse a los 65 años será de 37 años. En caso de no cumplir con este requisito, el trabajador podrá jubilarse a los 65 años y 10 meses.
  • En el año 2021, la cotización mínima para poder jubilarse a los 65 años será de 37 años y 3 meses. En caso de no cumplir con este requisito, el trabajador podrá jubilarse a los 66 años.
  • En el año 2022, la cotización mínima para poder jubilarse a los 65 años será de 37 años y 6 meses. En caso de no cumplir con este requisito, el trabajador podrá jubilarse a los 66 años y 2 meses.
  • En el año 2023, la cotización mínima para poder jubilarse a los 65 años será de 37 años y 9 meses. En caso de no cumplir con este requisito, el trabajador podrá jubilarse a los 66 años y 4 meses.
  • En el año 2024, la cotización mínima para poder jubilarse a los 65 años será de 38 años. En caso de no cumplir con este requisito, el trabajador podrá jubilarse a los 66 años y 6 meses.
  • En el año 2025, la cotización mínima para poder jubilarse a los 65 años será de 38 años y 3 meses. En caso de no cumplir con este requisito, el trabajador podrá jubilarse a los 66 años y 8 meses.
  • En el año 2026, la cotización mínima para poder jubilarse a los 65 años será de 38 años y 3 meses. En caso de no cumplir con este requisito, el trabajador podrá jubilarse a los 66 años y 10 meses.
  • A partir del año 2027, la cotización mínima para poder jubilarse a los 65 años será de 38 años y 6 meses. En caso de no cumplir con este requisito, el trabajador podrá jubilarse a los 67 años.

Excepciones en la edad de la jubilación

Más allá de la normativa general para la jubilación de ahora hasta el 2027, existen algunas excepciones y casos especiales, siendo los más comunes los siguientes:

  • Jubilación anticipada a partir de los 60 o 61 años por ser mutualista.
  • Jubilación parcial.
  • Jubilación flexible.
  • Jubilación especial a los 64 años si se aplica la ley anterior a la del 1 de enero de 2013.
  • Jubilación del personal del Estatuto Minero, trabajos aéreos y/o ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos y miembros de la Ertzaintza.
  • Jubilación de trabajadores con discapacidad igual o superior al 45% o al 65%.

Requisitos para la jubilación anticipada

Si el trabajador quiere adelantar la jubilación y obtener una jubilación anticipada, deberá reunir ciertos requisitos, endurecidos también por la aprobación del nuevo sistema de pensiones.

Aquellos que quieran jubilarse anticipadamente deberán haber cotizado un mínimo de 35 años si se trata de una jubilación anticipada voluntaria, y 33 años si esta es forzosa o parcial. Si se trata de una jubilación anticipada voluntaria, también deberá tener una edad que sea dos años inferior a la edad ordinaria de jubilación (que varía cada año, como hemos expuesto en el apartado anterior). Si, por el contrario, hablamos de una jubilación anticipada forzosa, deberá tener una edad que sea cuatro años inferior a la edad ordinaria de jubilación.

¿Quieres saber cómo se calcula la indemnización por despido o cómo elaborar el documento de liquidación o finiquito? Haz clic en los enlaces.

En todo caso, el trabajador que quiera anticipar su jubilación deberá estar inscrito en las oficinas de empleo durante seis meses antes de solicitar la jubilación anticipada y, en caso de ser forzosa, tendrá que ser consecuencia de crisis o cierre de la empresa. Además, es importante que especifiquemos que si se pide la jubilación anticipada no se recibirá la totalidad de la pensión. Este recorte dependerá de los trimestres de empleo a los que se haya anticipado el trabajador y se aplicará durante todo el período de jubilación.

Publicaciones relacionadas

Dejar comentario