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Todo sobre el SMAC (y dudas frecuentes resueltas)

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7 minutos de lectura

La gran mayoría de personas han vivido alguna vez una realidad triste, pero también frecuente: perder el trabajo. Para estos casos, tanto para los trabajadores como para las empresas, es muy útil conocer qué es el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) y cómo funciona. 

En este artículo te lo vamos a explicar con detalle ya que se trata de un organismo fundamental en la resolución de conflictos laborales en España. Una alternativa al sistema judicial para resolver disputas, promoviendo la negociación y el acuerdo mutuo antes de recurrir a los tribunales.

Tabla de contenidos:

¿Qué es el acto de conciliación previo a la vía judicial en materia laboral?

El acto de conciliación es un proceso clave en el ámbito laboral, cuyo objetivo es resolver los desacuerdos entre trabajadores y empresarios sin necesidad de iniciar un procedimiento judicial. 

Según la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, este acto es obligatorio antes de acudir a los tribunales de justicia (salvo en determinados casos específicos que se detallan más adelante) y debe realizarse en el SMAC o su equivalente en cada comunidad autónoma. 

En la práctica, el acto de conciliación suele ser el primer paso para resolver disputas laborales de manera informal y su objetivo principal es facilitar que ambas partes lleguen a un acuerdo prejudicial.

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¿Qué es el SMAC?

El SMAC es un servicio público destinado a resolver disputas laborales mediante el diálogo y la negociación, evitando así la sobrecarga de los tribunales. 

Su función principal es actuar como intermediario en los conflictos laborales, garantizando que ambas partes tengan la oportunidad de exponer sus argumentos en un ambiente neutral y, preferentemente, llegar a un acuerdo.

Los encargados de llevar a cabo esta labor son Letrados de la Administración de Justicia, quienes supervisan el proceso y elaboran el acta que certifica si se ha llegado a un acuerdo o no.

Otra denominación según la comunidad autónoma

Este servicio está gestionado por las comunidades autónomas. Aunque cumple la misma función en todo el país, el nombre del organismo varía según el territorio. A modo de ejemplo, la denominación que tiene en algunas comunidades autónomas es la siguiente:

  • Cantabria: ORECLA (Fundación para las relaciones laborales de Cantabria)
  • Asturias y Extremadura: UMAC (Unidades de Mediación, Arbitraje y Conciliación)
  • Galicia: SMAC (Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación)
  • Canarias: SEMAC
  • Murcia, Castilla-La Mancha, Madrid, Valencia: SMAC
  • Aragón: SAMA (Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje)
  • Castilla y León: SMAC
  • Andalucía: CMAC (Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación)
  • Islas Baleares: TAMIB (Tribunal de Arbitraje y Mediación de las Islas Baleares)

Nosotros, en este artículo, emplearemos el término SMAC por ser el más utilizado.

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Obligatoriedad de acudir al SMAC

Es preceptiva la conciliación previa a la vía judicial en los siguientes casos:

  • Despido. Cuando un trabajador es despedido, debe presentar la papeleta de conciliación ante el SMAC.
  • Reclamaciones salariales. Si un trabajador no recibe el salario pactado o tiene diferencias con la empresa en cuanto a las cantidades adeudadas, antes de denunciar a la empresa, debe acudir primero al SMAC.
  • Conflictos relacionados con las condiciones de trabajo. En temas como la clasificación profesional, las sanciones disciplinarias o la modificación sustancial de las condiciones laborales, también se requiere la conciliación previa.

Excepciones

Según el Art. 64 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, se exceptúan del intento previo de conciliación o mediación los siguientes casos:

  • Procesos que requieren el agotamiento de la vía administrativa.
  • Conflictos relacionados con la Seguridad Social.
  • Impugnación de despidos colectivos por los representantes de los trabajadores.
  • Disfrute de vacaciones, materia electoral, movilidad geográfica y modificación sustancial de condiciones laborales.
  • Suspensión de contrato y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o fuerza mayor.
  • Procesos monitorios y derechos de conciliación personal, familiar y laboral.
  • Procesos iniciados de oficio.
  • Impugnación de convenios colectivos o estatutos de sindicatos, incluida su modificación.
  • Tutela de derechos fundamentales y libertades públicas.
  • Anulación de laudos arbitrales y acuerdos de conciliación, mediación o transacciones.
  • Reclamaciones relacionadas con trabajo a distancia.
  • Acciones laborales vinculadas a la protección contra la violencia de género.
  • Procesos donde la representación corresponda al abogado del Estado, letrado de la Seguridad Social, representantes procesales de Comunidades Autónomas, Administraciones Locales o de las Cortes Generales.
  • Casos en que se amplíe la demanda frente a personas no inicialmente demandadas.

Sin embargo, si las partes así lo deciden voluntariamente, también podrán acudir al proceso de conciliación.

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¿Cómo se desarrolla el proceso de conciliación?

El proceso de conciliación ante el SMAC se desarrolla a través de varias etapas, todas orientadas a lograr un acuerdo entre las partes. A continuación, explicamos cada uno de los pasos del procedimiento.

Iniciación

El proceso de conciliación ante el SMAC se desarrolla a través de varias etapas, todas orientadas a lograr un acuerdo entre las partes. A continuación, explicamos cada uno de los pasos del procedimiento.

Iniciación

¿Quién lo inicia y cómo?

El proceso se inicia por el trabajador o el empresario que considere que existe un conflicto laboral. Para ello, debe presentar una papeleta de conciliación

Este es un documento formal que recoge los puntos esenciales del conflicto, como los términos del despido, la reclamación de salarios o las condiciones de trabajo.

Este trámite puede hacerse de forma online o presencial, generalmente con cita previa. La correcta cumplimentación de la papeleta es clave para evitar retrasos en el procedimiento.

Plazo

El acto de conciliación debe iniciarse dentro del plazo que la ley establece para iniciar el procedimiento judicial en materia laboral (por ejemplo, para despido son 20 días hábiles). En este espacio de tiempo es en el que se debe presentar la papeleta de conciliación, que quedará interrumpido mientras dure el procedimiento y su cómputo se reanudará cuando finalice.

Una vez llevado a cabo este trámite, el SMAC procederá a emitir una citación para el acto de conciliación que contendrá el día y la hora en que las partes deberán presentarse para la conciliación.

La asistencia es obligatoria para ambas partes.

Documentación a presentar

Junto con la papeleta de conciliación, hay que presentar toda la documentación que respalde la reclamación. Esto puede incluir, por ejemplo:

  • El contrato de trabajo.
  • Los recibos salariales.
  • Cualquier otra prueba que apoye la reclamación (por ejemplo, notificaciones de despido o sanción).

¿Qué ocurre si no asiste alguna de las partes?

Trabajador

Si el trabajador no se presenta a la conciliación sin justificación, el procedimiento se considera no iniciado y el SEMAC archiva el caso.

Empresa

Si la empresa no asiste a la conciliación, el procedimiento se considera fallido y el trabajador puede presentar la demanda directamente en los tribunales laborales. En determinados casos puede ser sancionada con una multa de hasta 600 euros.

Desarrollo del proceso

Durante el acto de conciliación, el mediador (Letrado de la Administración de Justicia) escucha a ambas partes y busca facilitar un acuerdo. 

Si ambas partes logran llegar a un consenso, se redacta un acta de conciliación que recoge el acuerdo alcanzado. Este acta tiene la misma validez que una sentencia judicial.

Finalización

El proceso finaliza con dos posibles resultados:

  • Acuerdo: si ambas partes alcanzan un acuerdo, este se firma y se considera vinculante, con la misma validez que una sentencia judicial.
  • Desacuerdo: si no se llega a un acuerdo, se considera que el acto de conciliación ha sido intentado sin éxito, y el trabajador puede presentar una demanda judicial ante los tribunales laborales.

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Preguntas frecuentes

A continuación, respondemos a las preguntas más comunes sobre el proceso de conciliación laboral en el SMAC.

¿Es obligatorio ir al SMAC en caso de despido improcedente?

Sí, es obligatorio acudir al SMAC si se pretende reclamar por un despido improcedente. Según la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, la conciliación previa ante el SMAC es un requisito obligatorio antes de presentar una demanda judicial por despido. 

Esto aplica tanto si el trabajador considera que el despido es improcedente (sin causa justificada) como si se trata de un despido nulo o despido colectivo.

¿Qué pasa si la empresa no se presenta al SMAC?

Si la empresa no se presenta al acto de conciliación convocado por el SMAC, el proceso de conciliación se considera fallido

Esto significa que el trabajador tiene el derecho de continuar con su reclamación por la vía judicial, presentando la correspondiente demanda ante los tribunales laborales.

Además, en determinados casos, puede ser sancionada con una multa de hasta 600 euros.

¿Qué pasa si el trabajador no se presenta al SMAC?

Si el trabajador no se presenta al acto de conciliación sin una justificación válida, la papeleta de conciliación se considera no presentada y el proceso quedará archivado. 

Además, puede retrasar el proceso y, en algunos casos, hacer que pierda el derecho a interponer la demanda judicial, ya que el plazo para hacerlo podría caducar. 

Por eso es fundamental que el trabajador acuda a la cita del SMAC o justifique adecuadamente su ausencia si no puede asistir.

¿Hay que ir al SMAC en caso de despido disciplinario?

Sí, también es necesario acudir al SMAC en caso de un despido disciplinario. En este tipo de despidos, el trabajador puede alegar que la sanción es injustificada, desproporcionada o incorrecta.

¿Quién puede representar a la empresa en el acto de conciliación?

En el acto de conciliación ante el SMAC, la empresa puede estar representada por una persona de su confianza, como un abogado o representante legal. La persona que actúe en nombre de la empresa debe estar debidamente autorizada para representarla.

Es importante que la persona que acuda al SMAC en nombre de la empresa esté bien informada sobre los hechos y el caso en cuestión, ya que será la encargada de negociar y tratar de alcanzar un acuerdo con el trabajador en conflicto. 

¿Puede ir un representante en lugar del trabajador?

Sí, el trabajador puede ser representado en el acto de conciliación por cualquier persona a la que haya otorgado poder para ello.

No es obligatorio que el trabajador esté presente, pero sí debe firmar la autorización para que su representante asuma la gestión del proceso en su lugar.

Sin embargo, la presencia del trabajador en el acto de conciliación suele ser recomendable, ya que esto puede facilitar la comunicación directa con la empresa y acelerar el proceso de resolución del conflicto. 

Y también es aconsejable que acuda acompañado de un abogado u otro experto en materia laboral que lo pueda asesorar debidamente.

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