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Cómo gestionar los modelos RLC y RNT (antiguos TC1 y TC2)

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4 minutos de lectura

En artículos anteriores hemos hablado acerca de Seguros Sociales y cómo calcularlos. En este post, vamos a profundizar en la información que deben contener los documentos que la empresa debe presentar a la Seguridad Social para su correcto pago.

Los modelos TC1 y TC2 o RNT y RLC, ¿qué son?

El documento de Relación Nominal de Trabajadores (RNT) y el documento de Relación de liquidación de cotizaciones (RLC)  son documentos oficiales de la Seguridad Social para efectuar el pago de los Seguros Sociales mensualmente.

Como bien su nombre indica, el RNT (antiguo TC2) incluye toda la información sobre las altas, bajas y bases de cotización de todos los trabajadores de la empresa que hayan sido dados de alta durante ese mes e informa de aquellos que tienen derecho a bonificación y/o deducción.

Por su lado, el RLC (antiguo TC1) muestra el pago realizado por la empresa de la cotización mensual a la Seguridad Social y también debe incluir un listado de todos los trabajadores que hayan liquidado durante el periodo. El documento necesita de una huella electrónica que asegura la autenticidad del documento.

Diferencia entre RNT y RLC y TC1 y TC2

Como en todas las empresas, el sistema informático de la TGSS ha ido evolucionando y cambiando. Antes el pago de los Seguros Sociales se realizaba mediante un software llamado Winsuite32 y era la empresa la que enviaba los documentos, el TC1 y el TC2, a la TGSS para que ella generara los pagos directamente.

Ahora, con el Sistema de Liquidación Directa (SLD) y el software Siltra, la Seguridad Social compara la información enviada cada mes por la empresa con las comunicaciones que esta le ha ido haciendo durante el mismo periodo y una vez confirmado el cálculo la TGSS envía el RLC y RNT a la empresa, así se asegura un mayor control de que las empresas estén usando las bases de cotización adecuadas para cada uno de sus empleados, etc.

Presentación de los documentos TC1 y TC2

Para que la TGSS pueda hacer el cálculo de los Seguros Sociales de la empresa y su posterior liquidación, la empresa puede:

  • Comunicar un fichero de bases. Esta es la opción que llevan a cabo los software como Factorial Nómina, generan un fichero de bases y lo envían a la TGSS automáticamente a través de SILTRA.
  • Solicitud de borrador de la liquidación. Aquí es la empresa indica a la Seguridad Social que necesita el cálculo de la liquidación con los datos que la TGSS dispone.

En ambos casos, la información que debe constar en los documentos y ficheros es la referente al mes anterior, que fue el mes en el que las cantidades establecidas fueron generadas. Así, ahora que estamos a finales de marzo, deberíamos presentar los datos referentes al RNT y RLC con los trabajadores y liquidaciones de febrero.

Como ya indicamos en nuestro post anterior, no presentar estos documentos o hacerlo de manera incompleta y errónea puede acarrear serias consecuencias para la empresa, además de importantes recargos económicos ya que la Seguridad Social retornará los documentos sin aceptarlos (marcándolos como no pagados) si al realizar la comprobación de nuestros ficheros con sus comunicaciones encuentra alguna desavenencia.

En caso de que no se haya podido realizar el cálculo, la TGSS enviará a la empresa un documento especificando los motivos y a qué trabajadores afectan estas desavenencias, para subsanar el error la empresa deberá comunicar nuevamente los ficheros a la Seguridad Social y conseguir que se realice un nuevo cálculo.

Pago y confirmación

Como hemos dicho, será la Seguridad Social la que lleve a cabo la liquidación de los pagos una vez confirmada y aceptada la información que la empresa le haya hecho llegar. Estos pagos pueden hacerse:

  • Domiciliados. En este caso tendrás tiempo de enviar la información de tu empresa hasta el día 20 del mes*.
  • Por pago electrónico. En este caso tendrás tiempo de enviar la información hasta el penúltimo día del mes*.

Y mediante:

  • Confirmación desde programa nóminas. El software realiza una remesa de confirmación por cada una de las cuentas de cotización y tipo de liquidación a realizar y se comunica con la Seguridad Social a través del programa Siltra.
  • Confirmación Online. De este modo deberás usar el servicio de Solicitud Confirmación Online en la opción “SLD Cotización Remesas”.

*Ten en cuenta que, en diciembre y febrero la fecha límite es el día 20 para ambos métodos de pago.

Otros documentos de importancia – el CRA

Recuerda que, además, desde 2014 cada mes también debes presentar también el fichero CRA, Conceptos Retributivos Abonados, que contiene la información referente a los conceptos retributivos abonados a los empleados. Este caso, tienes tiempo hasta el último día de mes.

Junto al RLC también se puede solicitar y presentar un Certificado de Hacienda conforme la empresa está al corriente de todos sus pagos con la Seguridad Social y exenta de deudas frente a terceros. Este certificado cuenta con un año de validez dese la fecha de expedición.

Igual que con los modelos TC1 y TC2, el RNT y RLC se aplican a los trabajadores acogidos al Régimen general, para consultar los documentos referentes a otros colectivos, consulta la web de la Seguridad Social aquí.

Sabemos que todos estos conceptos pueden resultar abrumadores, más aún si no dispones de un software como Factorial Nómina que te lo gestione todo y se encargue de enviar automáticamente toda la información necesaria a la Seguridad Social para realizar todos los pagos puntualmente. ¿Quieres saber más? Pincha en el banner y pide información sin compromiso.

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